

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de las modificaciones al delito de extorsión sancionadas en el Estado de Aguascalientes.
Los juicios constitucionales, bajo el expediente 42/2026 y su acumulado 45/2026, solicitan la declaración de invalidez total del Artículo 149 del Código Penal para el Estado de Aguascalientes, el cual fue reformado mediante el Decreto Número 405 y publicado en el Periódico Oficial el 24 de febrero de 2026.
Aunque no se exponen las razones, mismas que se argumentarán cuando el Pleno de la SCJN analice los conceptos de invalidez, especialistas consultados por NW Noticias coinciden en que las posibles vías de impugnación son:
La resolución del asunto ya fue integrada formalmente a la orden del día del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para ser debatida y votada en la sesión pública ordinaria del próximo martes 25 de agosto de 2026, bajo el punto número 15 del temario y con la ponencia del ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía.
La norma impugnada por los organismos federales redefinió el tipo penal de extorsión e impuso una pena base de 15 a 25 años de prisión y multas de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), además de fijar la persecución de oficio del delito.
No obstante, el catálogo de agravantes aprobadas por el Congreso local contempla severos incrementos en las penas que oscilan entre 4 y 17 años adicionales:

